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	<title>Moralba Consultores &#187; Laboral</title>
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	<description>Página web de Manuel Ortega Alba &#38; Consultores</description>
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		<title>Medidas para fomentar la actividad empresarial, la inversión y el empleo</title>
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		<pubDate>Mon, 10 Jan 2011 11:01:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel Ortega</dc:creator>
				<category><![CDATA[Consultoría]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[actividad empresarial]]></category>
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		<description><![CDATA[Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo. (BOE de 3 de diciembre) En el ámbito fiscal, se reduce el Impuesto sobre Sociedades para las PYMES, se extiende la libertad de amortización y se exonera del Impuesto sobre ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Real Decreto-ley  13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el</strong> <strong>ámbito fiscal, laboral y  liberalizadoras para fomentar la inversión y la</strong> <strong>creación de empleo. (BOE  de 3 de diciembre)</strong><strong> </strong></p>
<p>En el ámbito fiscal, se  reduce el Impuesto sobre  Sociedades para las PYMES, se extiende la libertad de amortización  y se  exonera del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos  Jurídicos  Documentados a las operaciones societarias dirigidas a la  creación,  capitalización y mantenimiento de las empresas.</p>
<p>Se eliminan cargas para  las empresas y se agiliza la  constitución de sociedades, suprimiendo las cuotas  obligatorias a las  Cámaras y reduciendo trámites y costes para la constitución  de  sociedades. Se refuerza el Servicio Público de Empleo con el fin de  ofrecer  una mejor atención a las personas en situación de desempleo.</p>
<p>Se reorganiza el  funcionamiento de AENA y Loterías y  Apuestas del Estado para mejorar la  eficiencia en su gestión e  involucrar al sector privado. Para reducir el  consumo de tabaco y  favorecer la consolidación fiscal, se incrementa el Impuesto  sobre las  Labores del Tabaco.</p>
<p>El Consejo de Ministros  ha aprobado un Real Decreto  Ley de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y  liberalizadoras para  fomentar de forma inmediata la inversión y la creación de  empleo, que  recoge las medidas anunciadas por el Presidente en el Congreso el   miércoles pasado.</p>
<p><strong>MEDIDAS  EN EL ÁMBITO FISCAL </strong><strong> </strong></p>
<p>El Real Decreto Ley  incluye un conjunto de medidas  tributarias para estimular la actividad  económica y reducir los  impuestos, especialmente en el ámbito de la pequeña y  mediana empresa.<br /> Impuesto sobre  Sociedades. El Real Decreto Ley establece, en primer  lugar, la elevación de 8 a 10 millones de euros del  umbral relativo al  importe neto de la cifra de negocios que posibilita acogerse  al régimen  especial de las entidades de reducida dimensión, cuya principal   ventaja es la sujeción a un tipo impositivo reducido del 25 por 100,  frente al  30 por 100 del tipo general. Del mismo modo, se permite que  tales entidades  puedan seguir disfrutando de los beneficios de este  régimen especial durante  los tres ejercicios inmediatos siguientes a  aquel en que se supere el nuevo  umbral de diez millones de euros,  incluso en el supuesto de que dicho límite se  sobrepase a resultas de  una reestructuración empresarial, con la única  restricción de que todas  las entidades intervinientes en la misma estén dentro  de dicho umbral.</p>
<p>Además, se aumenta el  importe hasta el cual la base  imponible de las entidades de reducida dimensión  se grava con el tipo  reducido del 25 por 100. Si en el marco regulatorio actual  sólo  disfrutaban de esta ventaja fiscal los primeros 120.000 euros de   beneficios, el Real Decreto Ley fija dicha cuantía en 300.000 euros.  Este  límite también será de aplicación para las denominadas  microempresas, que por  tener una cuantía neta de cifra de negocios  inferior a cinco millones de euros  y un plantilla media inferior a  veinticinco empleados, pueden acogerse a un  tipo de gravamen del 20 por  100.</p>
<p>Por último, se amplía en  tres años, hasta 2015, el  período de vigencia del régimen fiscal de libertad de  amortización para  inversiones nuevas vinculadas a la actividad económica,  eliminando el  condicionante del mantenimiento del empleo y permitiendo su  extensión a  todas las empresas, personas físicas y profesionales.</p>
<p>Impuesto sobre  Transmisiones Patrimoniales y Actos  Jurídicos Documentados. Las medidas de  incentivo para las empresas se  completan con la exoneración del gravamen por la  modalidad de  operaciones societarias de este impuesto para todas las  operaciones  dirigidas a la creación, capitalización y mantenimiento de las   empresas. Entiende el Gobierno que en la actual coyuntura económica es   conveniente eliminar los obstáculos que dificulten la consecución de  estos  fines.</p>
<p><strong>MEDIDAS  LIBERALIZADORAS DE LA   ACTIVIDAD ECONÓMICA</strong><strong> </strong></p>
<p>El Real Decreto Ley incluye  un conjunto de medidas  liberalizadoras de la actividad económica, destinadas a  eliminar en lo  posible aquellas cargas económicas que recaen sobre las empresas  de  forma directa y a fomentar la inversión y la creación de empleo entre  las  Pyme.</p>
<p>Eliminación de la  obligatoriedad del Recurso Cameral  Permanente. La reforma hoy aprobada hace  voluntaria la pertenencia a  las cámaras de Comercio, Industria y Navegación y,  por tanto, la  contribución a la cuota cameral. Su eliminación liberará de esta   obligación financiera que actualmente recae sobre dos millones y medio  de  empresas, y contribuirá a mejorar su competitividad, permitiéndoles  optar  voluntariamente por participar en estas organizaciones cuando  puedan aportarles  valor añadido en su actividad.</p>
<p>De forma aproximada, las  aportaciones obligadas de  las empresas pueden situarse en torno a 250 millones  de euros anuales,  con datos de 2008. De esa cantidad, cerca de 90 millones de  euros  recaen sobre pequeñas y medianas empresas y profesionales autónomos (que   cotizan por el Impuesto sobre Actividades Económicas e IRPF) y el  resto  corresponde a las cotizaciones sobre el Impuesto sobre  Sociedades.</p>
<p>Por otro lado, la  voluntariedad de la pertenencia a  las Cámaras debe ser un incentivo para que  cumplan sus funciones con la  mayor eficiencia posible. La necesidad de asegurar  el interés de las  empresas por seguir contribuyendo servirá de estímulo para  impulsar su  transformación hacia entidades de derecho público prestadoras de   servicios de mayor utilidad para sus asociados.</p>
<p>Agilización de la  constitución de sociedades. El  Real Decreto Ley recoge en este ámbito dos de  las reformas contenidas  en el Proyecto de Ley de Economía Sostenible, que se  adelantan con su  inclusión en la norma aprobada hoy debido a que el Gobierno  considera  que su puesta en marcha urgente es necesaria para tener una  incidencia  inmediata en la competitividad del tejido económico español.<br /> El principal efecto  buscado con estas reformas es el acortamiento de  plazos, la eliminación de  trámites y la reducción de costes para  iniciar nuevas actividades  empresariales, lo que impulsará el espíritu  emprendedor y la capacidad de  innovación en nuestra economía.  Adicionalmente, se suprimen cargas  administrativas, tanto en la fase de  creación de empresas, como a lo largo de  la vida de las sociedades.  Con ello se persiguen reducciones de costes y  supresiones de obstáculos  que deben redundar en mejoras de la competitividad y  la eficiencia en  los mercados.</p>
<p>Creación de empresas en  veinticuatro horas. La  reforma permitirá que todos los trámites necesarios para  la  constitución de sociedades de responsabilidad limitada puedan llevarse a   cabo, con carácter general, en un plazo máximo de uno a cinco días,  exceptuando  sólo aquellos casos en que la elevada cuantía del capital o  la complejidad de  la estructura societaria exijan un examen más  detallado.</p>
<p>Así, por ejemplo, para  las sociedades de  responsabilidad limitada con capital social entre 3.000 euros  y 3.100  euros que adopten unos estatutos sociales tipo, se podría constituir la   sociedad con un coste de 100 euros y con aplicación de procedimientos   telemáticos en todos los trámites. Esta medida facilitará la conversión  en PYME  de los trabajadores autónomos.</p>
<p>Publicidad de actos  societarios. Se elimina la  obligación de que la publicidad de actos societarios  tales como  constitución, modificación de estatutos, reducción de capital,   convocatoria de juntas de accionistas o disolución de empresas tenga que   hacerse por medio de la prensa escrita. Esta medida descargará de  costes a las  empresas en los actos frecuentes de su vida societaria y  se inserta en el  objetivo de reducción de cargas administrativas y de  costes de publicidad y de  tramitación que suponen trabas muchas veces  injustificadas para las empresas.</p>
<p><strong>MEDIDAS  EN EL ÁMBITO LABORAL </strong><strong> </strong></p>
<p>En el marco del  compromiso del Gobierno con la  mejora del funcionamiento del mercado laboral, y  con el objetivo de  concentrar el esfuerzo en facilitar el acceso de los  desempleados a  nuevos puestos de trabajo, el Real Decreto Ley refuerza el  Servicio  Público de Empleo.</p>
<p>3.000 promotores de  empleo para la atención  personalizada a los desempleados: se ha aprobado la  prórroga hasta  diciembre de 2012 de la contratación de los 1.500 promotores de  empleo  que desde 2008 trabajan en los Servicios Públicos de Empleo, así como la   contratación hasta esa misma fecha de otros 1.500 promotores de  empleo, que se  incorporarán el 1 de febrero del próximo año. De esta  forma, el Gobierno  refuerza el Servicio Público de Empleo para ofrecer  una mejor atención a las  personas en situación de desempleo.</p>
<p>Las actuaciones a  desarrollar por el personal  técnico consistirán en la atención directa y  personalizada a las  personas desempleadas; información a las empresas y  prospección del  mercado laboral de su entorno y seguimiento de las actuaciones   realizadas con las personas desempleadas y con las empresas.<br /> La gestión de la medida  será realizada por las Comunidades Autónomas,  con competencias en el ámbito del  trabajo, el empleo y la formación, y  por el Servicio Público de Empleo Estatal.</p>
<p><strong>FORTALECIMIENTO  DEL SISTEMA DE LA   SEGURIDAD SOCIAL</strong><strong> </strong></p>
<p>Integración en el Régimen  General de la   Seguridad  Social de los funcionarios de nuevo ingreso.  Establece la integración  de los funcionarios que ingresen en cualquier  Administración pública  española a partir del 1 de enero de 2011 en el Régimen  General de la    Seguridad Social, preservando, cuando así proceda de acuerdo  con su  normativa reguladora, el mutualismo administrativo. De hecho, los   funcionarios que a día de hoy estén incluidos en el Régimen de Clases  Pasivas y  en el Mutualismo Administrativo mantendrán sus derechos  adquiridos y  continuarán integrados en ambos mecanismos de cobertura.</p>
<p>La medida avanza en la  simplificación y armonización  de los actuales sistemas de protección social de  los funcionarios  públicos y, además, contribuirá a incrementar el número de  cotizantes a  la   Seguridad Social, lo que propiciará una mayor estabilidad del   sistema público de protección social mediante el establecimiento de un  único  sistema contributivo y de reparto de las pensiones.</p>
<p><strong>OTRAS  MEDIDAS LIBERALIZADORAS </strong><strong> </strong></p>
<p>Restructuración de AENA.  Se reforma el modelo de  gestión aeroportuaria y se establece la creación de la  sociedad AENA  Aeropuertos, convirtiéndola en una empresa de capital público que  podrá  aceptar la entrada de capital privado en un porcentaje minoritario. Los   47 aeropuertos que integran la red podrán gestionarse mediante la  creación de  sociedades filiales de AENA Aeropuertos o a través de  concesiones.<br /> Además, el Real Decreto  Ley refuerza la garantía de la seguridad y  continuidad de la prestación de los  servicios de tráfico aéreo, al  aclarar las previsiones contenidas en la Ley 9/2010, reguladora de   dicha prestación, en relación con las horas de &#8220;actividad  aeronáutica&#8221;  anual de los controladores de tránsito aéreo.</p>
<p>Reorganización de  Loterías y Apuestas del Estado.  Por otro lado, se transforma la entidad pública  empresarial Loterías y  Apuestas del Estado para crear un regulador  independiente, que se  adscribirá al Ministerio de Economía y Hacienda hasta que  se constituya  la futura Comisión Nacional del Juego. Al mismo tiempo, se  establece  la Sociedad   Estatal Loterías y Apuestas de Estado como operador   independiente del regulador, para hacerlo más eficiente y dar mayor   transparencia al mercado. Los inversores privados podrán participar en  la nueva  sociedad mediante la adquisición de una participación  minoritaria de su capital  social.</p>
<p><strong>INCREMENTO  DEL IMPUESTO SOBRE LAS LABORES DEL TABACO </strong><strong> </strong></p>
<p>Finalmente, el Real  Decreto Ley establece un  incremento del Impuesto sobre las Labores del Tabaco  cuya finalidad  principal es reducir su consumo para proteger la salud de los   ciudadanos, aunque la obtención de ingresos tributarios adicionales  contribuirá  también a la consolidación de las finanzas públicas.</p>
<p>Éste aumento se  concretará, en el caso de los  cigarrillos, en un alza del tipo impositivo  específico desde 10,2 hasta  12,7 euros por mil cigarrillos y en la elevación  del impuesto mínimo  hasta 116,9 euros por mil cigarrillos desde los 91,3 euros  en los que  está en la actualidad.</p>
<p>Por lo que respecta a la  picadura de liar, el  impuesto específico pasará de seis euros por kilo a ocho  euros,  mientras que el impuesto mínimo se elevará de 50 a 75 euros por kilo, al   objeto de reducir el diferencial de precio con los cigarrillos.</p>
<p>Para garantizar la  neutralidad fiscal entre  cigarrillos, picadura de liar y el resto de labores  del tabaco, los  tipos impositivos aplicables a éstas últimas se elevarán, del  mismo  modo, del 14,5 por 100 al 15,8 por 100, lo que supone una proporción   similar a la aplicada para los cigarrillos.</p>
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